Dos nuevas condenas en causas de Flagrancia

Mediante juicio abreviado se sentenció a dos imputados en diferentes causas de robo. Se trata de Ibarra Sebastián Orlando que fue condenado por “Robo en situación de Flagrancia” y de Díaz Luis Daniel por “Robo agravado por la participación de un menor de edad en Flagrancia”. Ambos sujetos poseían antecedentes penales. En dichas causas,  el MPF estuvo representado por la fiscal Nadia Schargrodsky y el fiscal Luis González, respectivamente.

En este marco, Ibarra Sebastián Orlando obtuvo (37) una pena de un año y seis meses de prisión efectiva, por robar una motocicleta de una vivienda particular del barrio Evita de esta ciudad Capital.

Ibarra ingresó al domicilio de la víctima y rompió la traba de la motocicleta para intentar arrancar, cuestión que no fue posible pero de igual manera se llevó el rodado empujándolo. Por esto, la damnificada escuchó un ruido y  pidió  auxilio al ver que se llevaban el bien de su propiedad. Posteriormente, Ibarra fue detenido por la policía a escasas cuadras del domicilio de la víctima.

Según entendió la fiscal Nadia Schargrodsky, el hecho se tipifica penalmente en el Art. 164 del C.P. “ROBO EN SITUACION DE FLAGRANCIA”, en concordancia con Arts. 321 y 322 del C.P.P.

Por su parte, Díaz, Luis Daniel (26), fue sentenciado a dos años de prisión efectiva por ingresar, junto a un joven menor de edad (17), a una vivienda del B° Pango. Lugar donde destruyeron la puerta trasera y se llevaron dos televisores y un reflector; luego se dieron a la fuga, pero en la persecución policial fueron arrestados.

Por ello, el fiscal Luis González, manifestó que el hecho se tipifica penalmente en el Art. 164 y 41 QUATER del C.P. “ROBO AGRAVADO POR LA PARTICIPACION DE UN MENOR DE EDAD EN SITUACION DE FLAGRANCIA”, en concordancia con los Arts. 321 y 322 del C.P.P.

Cabe indicar que el procedimiento de flagrancia está a cargo del Ministerio Público Fiscal y se aplica a cualquier delito penal en el cual se sorprenda al autor cometiendo el hecho (flagrancia). El fiscal puede actuar por iniciativa propia, por una denuncia o por actos de la policía.

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