Un hombre fue condenado a 17 años de prisión efectiva por abusar sexualmente de su hijastra menor de edad

La sentencia del Tribunal corresponde en gran parte con lo solicitado por el fiscal de Cámara, José Oliveros Icazzati, quien durante las audiencias del juicio logró demostrar que el acusado, es penalmente responsable y culpable de delitos continuados en contra de la integridad sexual de su hijastra menor de edad.

La causa está caratulada como “Abuso Sexual Simple Agravado por la Situación Preexistente de Convivencia con un Menor de 18 Años de Edad en Modalidad Continuada y Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por la Situación Preexistente de Convivencia con un Menor de 18 Años de Edad en Modalidad Continuada en Concurso Real”.

Cabe destacar que el  Tribunal del juicio dictó el veredicto basándose en los elementos probatorios de  la Fiscalía, que demostraron la culpabilidad del ahora condenado, a través de evidencias contundentes recopiladas en el expediente, tales como el informe médico forense que confirmó múltiples desgarros de vieja data, los testimonios de la hermana mayor y de la abuela materna, junto con la declaración fundamental de la víctima realizada mediante el circuito cerrado de televisión de la Cámara Gesell, quien señaló a su ex padrastro como su agresor..

Asimismo, por solicitud del fiscal Oliveros Icazzati -quien estuvo acompañado por la ayudante fiscal Analuz Zalazar- el Tribunal ordenó que el hecho delictivo se declare de «Violencia Contra la Mujer», en función de los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino y lo previsto por la Ley N° 26.485 y sus correlatos provinciales. Del mismo modo, declaró el hecho como «abuso sexual infantil» y «maltrato infantil» (leyes 23.849, 26.061 y su legislación correspondiente).

El juicio realizó ante el Tribunal de la Cámara Tercera en Criminal y Correccional, el cual está presidido por la jueza Sara López Douglas, acompañada por las juezas vocales Edith Agüero y Karina Cabral

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *