La Unidad Fiscal de Flagrancia, dependiente del Ministerio Público Fiscal, presentó un nuevo informe semestral de su accionar en las causas cuya investigación, acusación y elevación a juicio se encuentra a cargo del cuerpo de fiscales y su equipo técnico.
Desde la Unidad Fiscal, a cargo de Silvana Zárate, explicaron que se ingresaron 159 causas durante el primer semestre del año, de las cuales 107 fueron elevadas a juicio, mientras que 58 se resolvieron a través de juicio abreviado.
A su vez, revelaron que 29 causas obtuvieron la suspensión de proceso a prueba, y 6 la suspensión de juicio a prueba. Del total de causas ingresadas únicamente una llego a debate.
El proceso de juicio abreviado funciona como una opción a los juicios comunes, ya que la existencia de pruebas contundentes y la modalidad del delito (flagrancia) -aquellos casos en los que el autor es sorprendido cometiendo el delito-, permite acortar los tiempos del procedimiento. Para ello debe existir un acuerdo entre el fiscal de la causa, el imputado, y su defensor.
La suspensión de proceso a prueba se da durante un periodo de tiempo determinado por el juez, en el que los imputados deberán realizar una reparación económica a la víctima; tener por constituido el domicilio y comunicar cualquier cambio del mismo. También deben concurrir una vez al mes ante el Juzgado de Ejecución Penal para registrar su asistencia y culminar sus estudios secundarios.
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