El MPF pidió 12 años de prisión efectiva para un acusado de abuso sexual infantil

El fiscal Rafael Diego López solicitó al Tribunal del juicio, que el acusado sea condenado a 12 años de prisión efectiva, por considerar que el abuso sexual infantil “constituye una de las formas más extremas de violencia en contra de un menor”. El hombre de 52 años, está imputado por Abuso Sexual con Acceso Carnal y Promoción de la Corrupción de Menores Calificado en Concurso Ideal (Art. 119, 1° y 3° párrafo, Art. 125, 1° y 2° párrafo, y Art. 54 del CP).

El fiscal de cámara realizó el pedido de esta pena durante la etapa de alegatos del juicio, en el cual hubo importantes elementos probatorios que según López, sostienen de manera contundente la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal.

Las diferentes instancias del juicio se desarrollaron en la Asociación de Funcionarios y Magistrados de la provincia, cuyo tribunal estuvo presidido por la jueza Edith Agüero, con los jueces Gustavo Farías y Rodolfo Ortiz Juárez, como vocales. Por su parte, el Ministerio Público de la Defensa, estuvo representado por la asesora oficial de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces, Clara Torres.

Cabe recordar que el imputado de 52 años, habría accedido carnalmente a una niña de 8 años; sometiéndola presuntamente a diferentes actos de naturaleza sexual, de manera reiterada y/o crónica desde muy temprana edad.

En este punto, el representante del MPF, aseguró que tales actos de sometimiento sexual, corrompieron la integridad física, sexual y psicológica de la menor; y consideró que “el delito de abuso sexual infantil constituye una de las formas más extremas de violencia, porque arremete contra la vulnerabilidad del niño/a, en una relación de total desigualdad y asimetría, afectando el normal desarrollo psicosexual y constituyendo un trauma para la psiquis de los mismos”.

De esta manera, el fiscal López manifestó que por todo lo expuesto a lo largo del juicio, quedó acreditada la producción material y autoría del hecho.

Por ello, consideró que el imputado es autor penalmente responsable y culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal, y promoción de la corrupción de menores calificado, en concurso ideal (Art. 119, 1° y 3° párrafo, art. 125, 2° párrafo, y Art. 54 del C.P.), y solicitó que sea condenado a la pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo.

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