El MPF propuso la “pena máxima de prisión de 20 años para este tipo de delito” y el Tribunal del juicio adhirió en gran parte al pedido del fiscal Raúl Ramos, condenando al imputado a la pena de 18 años de prisión por abusar sexualmente de su hija menor de edad. En este marco, el delito fue calificado como “ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, AGRAVADO POR EL VÍNCULO POR SER COMETIDO POR EL ASCENDIENTE (Art. 119 del CPA).
Cabe destacar que en la etapa procesal de la audiencia debate, el fiscal de cámara Raúl Ramos, junto a los asesores técnicos (Dr. Brian Cáceres y Alejandra Nader) pertenecientes al Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial (Chilecito), pudieron acreditar la existencia del delito de abuso sexual en contra de una menor por parte de su padre biológico.
En este marco, el Tribunal del juicio, presidido por la jueza Antonia Elisa Toledo; junto a las vocales Karina Anabella Gómez y Claudia Zárate, y a la secretaria Margot Chade; ordenaron la lectura de la sentencia –vía ZOOM-, resolviendo además declarar al hecho criminal como violencia contra la mujer; y comunicar esta resolución al Consejo de la Mujer – Secretaría de la Mujer.
Finalmente, el imputado fue condenado a 18 años de prisión por ser considerado autor penalmente responsable del delito de “ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, AGAVADO POR EL VÍNCULO POR SER COMETIDO POR EL ASCENDIENTE, previsto y penado por el art. 119, tercer y cuarto párrafo, e inc. b del tercer párrafo del CPA, más las accesorias legales que establece el art.12 del CPA”.