El MPF solicitó cuota alimentaria por vía Penal hasta que resuelva la Justicia Civil

Se trata de una causa por violencia de género, en la cual el Ministerio Público Fiscal solicitó a la jueza del Juzgado de Violencia de Género, que fije una cuota alimentaria provisoria a favor de la víctima, cuyo agresor -que es su ex pareja y padre de sus hijos- se encuentra preso y procesado. Si la jueza acepta, los menores podrían recibir el beneficio de asistencia económica, hasta que los Tribunales Civiles competentes resuelvan la cuota alimentaria definitiva.

El agresor, está acusado por un hecho de Lesiones Leves Calificadas por el Vínculo, cinco hechos de Amenazas, un hecho Privación Ilegítima de la Libertad, dos hechos de Desobediencia a la Autoridad en Concurso Real, un hecho de Falsedad Ideológica de Instrumento Publico  y cinco hechos de Abuso Sexual con Acceso Carnal, en contra de su ex pareja, y madre de sus hijos.

En este marco, la fiscal Nadia Schargrodsky con la colaboración del Dr. Ramiro Bioglio de la Unidad Fiscal de Atención a la Víctima del Delito, requirieron que se libre oficio al Banco Rioja a para que abra una cuenta litis de la cual sea titular la víctima (madre de los menores); y se libre oficio a la Dirección General de Recursos Humanos de la Municipalidad de la Capital de la Rioja para que realice los depósitos en dicha cuenta; ya que el acusado, aún estando preso, sigue percibiendo sus haberes como agente de planta permanente, categoría 24, del Municipio de esta ciudad Capital.

Según la fiscal, la obligación alimentaria de los progenitores respecto a su/s hijos, “se sustenta y fundamenta en el deber asistencial que emerge de la responsabilidad parental de tienen respecto a ellos”. Y que dicha responsabilidad no se suspende por la existencia de una denuncia, ni de un proceso penal en curso, “por lo tanto la autoridad judicial debe garantizar que en estos procesos que el cumplimiento de la obligación alimentaria subsista”.

De esta manera, la representante del MPF indicó que la fijación de una cuota de alimentos en este contexto tiene carácter urgente, “ya que debe solventar las necesidades alimentarias mínimas y básicas de los niños, aun cuando exista un proceso penal de investigación, que lógicamente lleva tiempo”.

Finalmente la fiscal Schargrodsky, le  manifestó a la jueza que el incumplimiento de los derechos de los menores, “podrían reproducir nuevamente situaciones de violencia económica, psicológica y simbólica hacia la progenitora que llevaron, justamente, a la existencia de la presente causa penal”.

Cabe señalar que esta es la primera vez que a través de la vía penal se resolvería la asistencia económica a los menores, hasta que los tribunales Civiles competentes puedan resolver en la causa, por lo tanto, los menores y la víctima no quedarían en estado de vulnerabilidad económica, mientras se realizan las diligencias de la causa.

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