El Ministerio Público Fiscal consolida su accionar en causas de flagrancia

A través de la Unidad Fiscal de Flagrancia, el Ministerio Público Fiscal consolida su accionar en materia de delitos cometidos en flagrancia, asegurando su rápida resolución.

La Unidad Fiscal de Flagrancia, tiene como principal objetivo agilizar el proceso de acceso a la justicia, acortando los tiempos entre la comisión del delito y su sentencia.

El proceso de flagrancia es aplicable a delitos de simple investigación, caracterizados por la inmediatez temporal (el hecho delictivo se está cometiendo o se acaba de cometer), e inmediatez personal (el delincuente se encuentra en el lugar del hecho).

En este marco, la Unidad Fiscal de Flagrancia resolvió más de 20 juicios abreviados durante el mes de octubre, en su mayoría delitos contra la propiedad privada.

Las elevaciones a juicio de estas causas se realizan en un periodo de tiempo máximo de un mes después de haberse efectuado el ilícito.

Para ello, los fiscales tienen audiencias diarias presenciales o virtuales, que permiten

Cabe destacar que existe flagrancia cuando una persona es sorprendida:

  • Al intentar cometer un delito.
  • Durante la ejecución de un delito.
  • Inmediatamente después de cometer un delito, mientras es perseguido por algún agente de las fuerzas de seguridad, la víctima o un ciudadano.
  • Tiene objetos que permiten deducir que acaba de participar en un delito.
  • Presenta rastros que permiten deducir que acaba de participar en un delito.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *